Calendario general del contribuyente 2018
Vamos a por el 2018 y lleno de novedades.
Aquí os dejamos un enlace con el Calendario general del contribuyente 2018, y recuerda no dejar todo para el último día. Es importante, llevar al día todas las obligaciones fiscales, y para ello lo mejor es contar con una asesoria.
Novedades:
- El 4 de abril de 2018 se inicia el plazo de presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2017. Además, desde el 4 de abril de 2018 es posible presentar la declaración de Renta llamando a los siguientes teléfonos:
- 901 200 345 / 91 535 68 13
Si quiere que sea la Agencia Tributaria quien le llame para la presentación de su declaración de la Renta, concierte previamente cita, a partir del 3 de abril, por Internet y en los siguientes números:
- 901 12 12 24 / 91 535 73 26
- 901 22 33 44 / 91 553 00 71
- Los modelos 184, 190, 347, 349 y 390 se presentarán utilizando el formulario de ayuda disponible en la Sede electrónica de la AEAT.
Los principales modelos y plazos generales de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria de pago son:
- Modelos 100, 151 y 714: hasta 27 de junio.
- Modelo 102: hasta 30 de junio.
- Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216 (obligación trimestral): 1 a 15 de abril, julio, octubre y enero.
- Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230 y 430 (obligación mensual): 1 a 15 de cada mes. El mes de julio del modelo 430 hasta el 15 de septiembre.
- Modelos 130, 131 y 303 (obligación trimestral): 1 a 15 de abril, julio y octubre y 1 a 25 de enero.
- Modelo 136: 1 a 15 de abril, julio, octubre y enero.
- Modelos 200, 220 y 221 : 1 a 20 de julio (períodos impositivos que coincidan con el año natural).
- Modelos 202 y 222: 1 a 15 de abril, octubre y diciembre.
- Modelo 210: 1 a 15 de abril, julio, octubre y enero (excepto ganancias derivadas de transmisiones de inmuebles). Para rentas imputadas de inmuebles urbanos, de 1 de enero a 23 de diciembre.
- Modelo 213: 1 a 25 de enero.
- Modelos 303 y 353 (obligación mensual): 1 a 25 de cada mes, excepto febrero que será hasta el 23.
- Modelos 410 y 411: 1 a 26 de julio.
- Modelo 560: 1 a 15 del mes siguiente al que finaliza el trimestre (obligación trimestral) o el mes (obligación mensual). 1 al 15 de abril del año siguiente (obligación anual).
- Modelos 561, 562 y 563: 1 a 15 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre (obligación trimestral) y 1 a 15 del tercer mes siguiente al que finaliza el mes (obligación mensual).
- Modelos 566 y 581: 1 a 15 del mes siguiente al que finaliza el mes.
- Modelo 583: 1 a 15 de mayo, septiembre, noviembre y febrero (obligación trimestral) 1 a 25 de noviembre (obligación anual).
- Modelo 587: 1 a 15 de mayo, septiembre y enero.
- Modelo 588: 1 a 25 de noviembre.
- Modelo 589: 1 a 15 de octubre (pago fraccionado) y 1 a 15 de abril (autoliquidación anual).
- Modelos 595 y 582: 1 a 15 del mes siguiente al que finaliza el trimestre.
Y recuerda que en Natimar Gestiones somos especialistas, somos asesores fiscales y te podemos ayudar en todas las gestiones relacionadas con la presentación de impuestos. ¿quieres que hablemos? Sólo tienes que ponerte en contacto con nosotros:
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